Factura electrónica

Calendario de la factura electrónica obligatoria (2026-2028)

Revisado: · Pendiente de Orden Ministerial · cómo revisamos

A agosto de 2026 ninguna empresa está obligada aún a la factura electrónica B2B. El reglamento (RD 238/2026) está aprobado, pero el plazo arranca con una Orden Ministerial aún sin publicar. Fechas previstas: octubre 2027 (empresas >8M€) y octubre 2028 (resto).

Cronología

  1. Entra en vigor la Ley 18/2022 Crea y Crece (SL de 1 €, morosidad, crowdfunding) En vigor
  2. RD 1007/2023: reglamento VeriFactu En vigor
  3. El software de facturación comercializado debe ser conforme VeriFactu (declaración responsable) Fecha firme
  4. RDL 15/2025 aplaza VeriFactu a 2027 (los hitos de 2026 nunca llegaron a aplicarse) En vigor
  5. Publicado el RD 238/2026: reglamento de factura electrónica B2B (en vigor 20-04-2026) Fecha firme
  6. Entrada en vigor de la Orden Ministerial de la solución pública (según su proyecto, aún sin publicar en el BOE) Previsto

    Es la fecha que arranca el cronómetro de la obligación B2B.

  7. VeriFactu obligatorio para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades Fecha firme
  8. VeriFactu obligatorio para autónomos y resto de contribuyentes Fecha firme
  9. Factura electrónica B2B obligatoria para empresas que facturan más de 8 millones Previsto

    12 meses desde la OM. Previsto, no firme.

  10. Factura electrónica B2B obligatoria para el resto de empresas y autónomos Previsto

    24 meses desde la OM. Desde 2027 ya deberán poder recibir facturas electrónicas.

Qué está firme y qué no

Firme significa que la fecha o el estado están fijados por una norma ya publicada en el BOE. Previsto significa que depende de una norma que todavía no se ha publicado.

NormaEstadoFuente BOE
Ley 18/2022 (DF 8ª, factura electrónica B2B)Firme: la ley está en vigor desde el 19-10-2022, pero los efectos del art. 12 (obligación B2B) quedan diferidos hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario (ver filas siguientes)BOE-A-2022-15818
RD 238/2026 (reglamento de la factura electrónica B2B)Firme: en vigor desde el 20-04-2026BOE-A-2026-7295
Orden Ministerial de la solución públicaPrevisto: su proyecto fija el 01-10-2026, aún sin publicar en el BOEProyecto de OM (Hacienda)
Factura-e B2B obligatoria (>8M€ / resto)Previsto: 01-10-2027 y 01-10-2028, dependientes de la OMDF 8ª Ley 18/2022
RDL 15/2025 (aplazamiento de VeriFactu)Firme: convalidado el 16-12-2025BOE-A-2025-24446
VeriFactu obligatorio (IS / resto de contribuyentes)Firme: 01-01-2027 y 01-07-2027RDL 15/2025

La disposición, literal

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción del capítulo V que entrará en vigor a partir del 10 de noviembre de 2022 y del artículo 12, relativo a la facturación electrónica entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, este artículo producirá efectos a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario. La entrada en vigor del artículo 12 está supeditada a la obtención de la excepción comunitaria a los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.
Disposición final octava, Ley 18/2022, de 28 de septiembre

Preguntas frecuentes

¿Está aprobado el reglamento de la factura electrónica B2B?

Sí. El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales, se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026 y entró en vigor el 20 de abril de 2026.

¿Desde cuándo será obligatoria la factura electrónica entre empresas?

Las fechas previstas son el 1 de octubre de 2027 para empresas y profesionales que facturen más de 8 millones de euros, y el 1 de octubre de 2028 para el resto. Ambas fechas dependen de que la Orden Ministerial de la solución pública entre en vigor el 1 de octubre de 2026, tal y como fija su proyecto: mientras esa Orden no se publique en el BOE, son fechas previstas, no firmes.

¿Es ya obligatoria hoy, en agosto de 2026?

No. A día de hoy ninguna empresa ni autónomo está obligado todavía a emitir factura electrónica B2B. El reglamento (RD 238/2026) está aprobado, pero el plazo no arranca hasta que se publique la Orden Ministerial.

¿Un autónomo pequeño también estará obligado?

Sí, en la fecha prevista para el «resto» de empresarios y profesionales (1 de octubre de 2028) si factura a otras empresas. Antes de esa fecha ya deberá poder recibir facturas electrónicas, desde que las empresas grandes empiecen a emitirlas (previsiblemente en 2027).

¿VeriFactu entró en vigor en 2026?

No. El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó la obligación de VeriFactu para los usuarios al 1 de enero de 2027 (Impuesto sobre Sociedades) y al 1 de julio de 2027 (autónomos y resto de contribuyentes). Es otra obligación, de otro ministerio, distinta de la factura electrónica B2B de esta página.