Ley 18/2022

¿Puedo crear una SL con 1 euro de capital?

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Sí. Desde el 19 de octubre de 2022, la Ley 18/2022 permite constituir una sociedad de responsabilidad limitada (SL) con solo 1 euro de capital social, frente a los 3.000 € que exigía la norma anterior. A cambio, la ley impone dos salvaguardas mientras el capital no llegue a esos 3.000 €.

Las dos salvaguardas que acompañan al euro de capital

La rebaja no es gratuita. La sociedad debe destinar el 20 % del beneficio de cada ejercicio a una reserva legal específica hasta que la suma del capital social y esa reserva alcance los 3.000 €. Y si la sociedad se liquida, voluntaria o forzosamente, antes de llegar a esa cifra y su patrimonio resulta insuficiente para pagar las deudas sociales, los socios responden solidariamente de la diferencia entre los 3.000 € y la cifra del capital suscrito: con 1 € de capital, esa diferencia son 2.999 €. La responsabilidad limitada del socio no desaparece: se acota ese margen concreto para proteger a quien contrata con la sociedad mientras está infracapitalizada.

Qué pasa con la antigua «sociedad de formación sucesiva»

Antes de la Ley 18/2022 ya existía una figura para constituir una SL con menos de 3.000 €, la sociedad en régimen de formación sucesiva, sujeta a garantías parecidas. Con la rebaja general del capital mínimo a 1 €, esa figura desaparece de facto para las sociedades de nueva creación: nadie necesita un régimen especial cuando el mínimo legal ordinario es ya 1 €. Las sociedades constituidas bajo el régimen anterior mantienen su situación de forma transitoria.

Qué no cambia

El resto del régimen de la SL sigue igual: escritura pública, inscripción en el Registro Mercantil, y la posibilidad de tramitarlo todo a través de los puntos de atención al emprendedor y del Documento Único Electrónico (DUE) con ayuda de CIRCE, sobre lo que notarios e intermediarios deben informar expresamente. El capital de 1 € tampoco es un mínimo recomendable en la práctica: cuanto menor sea, antes se llega a la reserva legal obligatoria y menor colchón patrimonial tiene la sociedad frente a sus primeras deudas.

1. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a un euro y se expresará precisamente en esa moneda.
Artículo 4.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, redactado por el art. 2 de la Ley 18/2022

El resto de novedades de la Ley 18/2022 (factura electrónica B2B, morosidad, crowdfunding) está resumido en la página de inicio y comentado artículo por artículo en la ley 18/2022 anotada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo crear una SL con 1 euro de capital?

Sí, desde el 19 de octubre de 2022. La Ley 18/2022 rebajó el capital social mínimo de la sociedad de responsabilidad limitada de 3.000 € a 1 €, con dos salvaguardas: una reserva legal del 20 % del beneficio hasta que capital más reserva alcancen 3.000 €, y la responsabilidad solidaria de los socios, si la sociedad se liquida con patrimonio insuficiente para pagar las deudas, por la diferencia entre esos 3.000 € y la cifra del capital suscrito.

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