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Autónomos: qué te obliga la Ley Crea y Crece y desde cuándo

Revisado: · Pendiente de Orden Ministerial · cómo revisamos

A un autónomo que factura a otras empresas le llegan tres obligaciones distintas con tres calendarios distintos, y solo una de ellas tiene fecha firme. VeriFactu exige tener el sistema de facturación adaptado antes del 1 de julio de 2027. La obligación de emitir factura electrónica entre empresas está prevista para el 1 de octubre de 2028 y depende de una Orden Ministerial, pero la de recibirla llega un año antes, en cuanto empiecen a emitir las empresas de más de 8 millones de euros. Y los plazos de pago de la Ley 3/2004 ya se aplican hoy, en las dos direcciones.

La confusión de fondo: tres normas, un solo programa

Las tres obligaciones se acaban notando en la misma herramienta, y de ahí que se mezclen en las conversaciones y en los correos comerciales. Conviene separarlas por lo que exige cada una.

Obligación Qué exige de un autónomo Fecha Estado
Factura electrónica B2B (Ley 18/2022 y RD 238/2026) Emitir y recibir la factura en formato estructurado en sus operaciones con empresarios y profesionales, y comunicar sus estados Prevista el 1-10-2028 para emitir; antes, capacidad de recibir Depende de la Orden Ministerial, sin publicar
VeriFactu (Ley 11/2021 y RD 1007/2023) Que el programa de facturación genere registros encadenados, inalterables y con QR 1-7-2027 Firme, fijado por el RDL 15/2025
Plazos de pago (Ley 3/2004) Pagar a sus proveedores en 30 o 60 días, y poder reclamar cuando le pagan tarde Ya en vigor Firme desde 2013

Ninguna sustituye a otra y ninguna exime de otra. Un autónomo puede quedar sujeto a las tres a la vez, y en 2027 y 2028 lo normal será justo eso.

Recibir antes que emitir

El punto que más se pierde en los resúmenes es el orden. El plazo de 24 meses del grupo «resto» se refiere a la obligación de expedir, pero la factura electrónica tiene dos extremos. Cuando las empresas de más de 8 millones de euros empiecen a emitir en el primer plazo, previsiblemente en octubre de 2027, sus proveedores y clientes tendrán que estar en condiciones de recibir esos documentos y de responder con los estados correspondientes, aunque su propio plazo de emisión llegue un año más tarde.

Lo que llega primero a quien factura a empresas grandes

Un autónomo que trabaje para clientes grandes puede encontrarse, por tanto, con facturas estructuradas en su bandeja de entrada un año antes de tener que emitirlas él. La guía de plazos recoge el reparto por grupos y las dos transitorias del reglamento.

Por qué el autónomo cae en el grupo largo

La Ley 18/2022 no reparte por forma jurídica. El único criterio es el volumen de operaciones del año natural anterior: por encima de 8 millones de euros, 12 meses desde la Orden Ministerial; por debajo, 24 meses. Un autónomo con o sin empleados, con actividad profesional o comercial, entra prácticamente siempre en el segundo grupo.

La prórroga del reglamento para los estados

Ese mismo grupo tiene una ventaja añadida en el reglamento. La comunicación de estados de la factura es voluntaria durante 12 meses más para las personas físicas y las entidades en régimen de atribución de rentas del IRPF cuyo volumen de operaciones no supere los 8 millones de euros, contados desde que la obligación surta efecto para su grupo. Está en la disposición transitoria tercera del RD 238/2026 y afecta al seguimiento del pago, no a la emisión: la factura hay que emitirla igual.

Lo que ya obliga hoy: cobrar y pagar en plazo

Mientras las dos obligaciones de facturación maduran, hay una tercera que se aplica desde hace años y que un autónomo suele conocer solo por el lado que le perjudica.

El plazo que se puede pactar, y el que no

El plazo legal de pago entre empresas es de 30 días naturales si el contrato no dice nada y de 60 como máximo si se pacta, y un pacto por encima de ese tope no es válido.

Lo que se puede reclamar sin pleito

Cuando el cliente se pasa de plazo, el interés de demora corre por sí solo, sin necesidad de aviso, y a la deuda se suman 40 euros fijos de costes de cobro más los gastos acreditados que superen esa cifra. El detalle de esos artículos y de las palancas que añadió Crea y Crece está en la guía de morosidad y plazos de pago.

Casos que cambian la respuesta

Hay tres situaciones en las que el calendario de arriba no se aplica tal cual.

  • Autónomo con solo clientes particulares: fuera de la factura electrónica B2B, dentro de VeriFactu si usa un programa de facturación.
  • Autónomo en el Suministro Inmediato de Información: excluido de VeriFactu por el artículo 3.3 del RD 1007/2023, pero sujeto a la factura electrónica B2B cuando entre en vigor.
  • Autónomo en Álava, Bizkaia o Gipuzkoa: TicketBAI o Batuz sustituyen a VeriFactu, y la factura electrónica B2B de Crea y Crece se suma, porque es una ley mercantil estatal sin excepción foral.

Y si además se plantea constituir una sociedad

La misma Ley 18/2022 rebajó a 1 euro el capital mínimo de la sociedad limitada, que es la vía habitual cuando una actividad de autónomo crece y se quiere separar el patrimonio personal. Las dos salvaguardas que acompañan a esa rebaja, la reserva legal del 20 % y la responsabilidad solidaria hasta 3.000 euros en la liquidación, están explicadas en la guía de la SL con 1 euro de capital.

El calendario completo recoge, con su estado, todas las fechas citadas en esta página, y el comprobador permite recorrerlas en tres preguntas.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo que solo factura a particulares queda fuera de la factura electrónica B2B?

Sí. La obligación de la Ley 18/2022 se aplica a las relaciones entre empresarios y profesionales, y las ventas a particulares quedan fuera. Lo que puede alcanzar a esas ventas es VeriFactu, porque afecta al software de facturación con independencia de quién sea el cliente.

¿Qué obligación llega antes a un autónomo, VeriFactu o la factura electrónica?

VeriFactu, y con fecha firme: el 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto de obligados que no tributan por el Impuesto sobre Sociedades. La obligación de emitir factura electrónica entre empresas está prevista para el 1 de octubre de 2028 y depende de una Orden Ministerial que sigue sin publicarse.

¿Un autónomo puede seguir facturando en papel o en Excel?

En papel se puede seguir facturando mientras la factura electrónica B2B no le obligue, y el papel sin sistema informático queda además fuera del ámbito de VeriFactu. Una hoja de cálculo es otra cosa: si se usa como sistema de facturación, tendrá que cumplir los requisitos de VeriFactu cuando llegue su fecha.

¿Puede un autónomo reclamar intereses si un cliente empresa le paga tarde?

Sí, y sin necesidad de reclamación previa. El artículo 5 de la Ley 3/2004 hace que el interés de demora se devengue de forma automática por el mero incumplimiento del plazo, y el artículo 8 añade a la deuda una cantidad fija de 40 euros más los costes de cobro acreditados que superen esa cifra.

Fuentes de este artículo